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Tarifa plana de autónomo: cuota reducida al darte de alta

Convoca: Seguridad Social (Tesorería General de la Seguridad Social)

Cuota reducida de 80 € al mes durante el primer año de actividad para quien se da de alta como autónomo/a por primera vez.

Información orientativa. Confirma importes, requisitos y plazos en la fuente oficial antes de solicitarla. Última revisión de esta ficha: 20/07/2026.

  • Dotación Cuota reducida de 80 €/mes durante 12 meses, ampliable otros 12
  • Plazo Abierto todo el año. Se solicita al tramitar el alta como autónomo/a.
  • Ámbito Estatal

En qué consiste

Es el incentivo más conocido para arrancar por cuenta propia: pagas 80 € de cuota al mes durante los primeros 12 meses en lugar de cotizar por tus rendimientos reales. Con el MEI de 2026 (0,9 %) el recibo queda en unos 88 €. Si al acabar el primer año prevés que tus ingresos netos no van a superar el SMI, puedes prorrogarla 12 meses más, pero la prórroga no es automática: hay que pedirla. Si tienes una discapacidad del 33 % o más, te corresponde la versión ampliada de esta misma medida.

Dirigida a:

  • Autónomos/as
  • Personas desempleadas

Quién puede pedirla

  • Causar alta inicial en el RETA.
  • No haber estado de alta como autónomo/a en los 2 años anteriores, o 3 años si ya disfrutaste antes de esta cuota reducida.
  • Estar al corriente de pago con la Seguridad Social y con Hacienda.
  • No aplicable a familiares colaboradores del titular hasta el segundo grado.
  • Para la prórroga: prever rendimientos netos anuales inferiores al SMI y solicitarla antes de que acaben los 12 primeros meses.

Qué documentación necesitas

  • DNI o NIE.
  • Formulario TA.0521/2 o alta telemática en Importass con la casilla de cuota reducida marcada.
  • Alta censal en Hacienda (modelo 036 o 037).
  • Para la prórroga: declaración de los rendimientos netos previstos.

Cómo solicitarla

  1. Alta en la Seguridad Social

    Entra en Importass con Cl@ve, certificado digital o DNIe, elige 'Alta' en trabajo autónomo, indica que es alta inicial y marca la cuota reducida.

  2. Alta en Hacienda

    Presenta después el modelo 036 o 037. El orden importa: si lo haces al revés, la Tesorería puede entender que ya habías iniciado la actividad y denegarte la cuota reducida.

  3. Solicita la prórroga si te toca

    Antes de cumplir los 12 meses, pide en Importass la ampliación de otros 12, adjuntando la declaración de rendimientos previstos por debajo del SMI.

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